Buenas, soy Emilio Calatayud. Es verano, cierto, pero sigue vigente el artículo 155 del Código Civil. Padres e hijos, os recuerdo lo que dice: “Los hijos deben obedecer a sus padres mientras permanezcan bajo su potestad, y respetarles siempre. También deben contribuir equitativamente, según sus posibilidades, al levantamiento de las cargas de la familia mientras convivan con ella». Este artículo es marca España.








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