Buenas, soy Emilio Calatayud. En el blog nos han dejado la siguiente cuestión (la pregunta era más amplia, pero se puede resumir así: «Cuando un alumno es mayor de edad, ¿qué obligación tenemos los profesores/tutores de informar a estos padres, cuando el alumno está en contra de que se le dé información, por ejemplo de faltas de asistencia, notas de clase, etc?». Es un tema interesante. En principio, si el alumno se opone, no se puede informar sobre él a sus padres. Mandan la mayoría de edad y su derecho a la intimidad, etc. Así están las cosas. Pero los padres, si mantienen a ese alumno, también tienen un interés legítimo: parece razonable que sepan qué hacen sus hijos, porque si ocurre algo, quizá tengan que hacer frente a la responsabilidad civil. Pero, insisto, en teoría, no se puede informar de un alumno de 18 años. ¿Qué hacemos entonces? Si yo fuera el profesor, informaría bajo cuerda… Creo que se entiende, ¿no?
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